Plan de Desarrollo

ESTRUCTURA Y FUNCIONES

Ley número 169, Orgánica de la Universidad de Sonora

TÍTULO CUARTO DE LA ESTRUCTURA
CAPÍTULO VI DEL TITULAR DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE FACULTAD INTERDISCIPLINARIA

Artículo 27.- Para ser titular de la Coordinación General de Facultad Interdisciplinaria se requiere:

  1. Tener nacionalidad mexicana;
  2. Tener más de 35 años de edad al momento de la designación;
  3. Poseer título profesional legalmente expedido y posgrado en una disciplina afín a la Facultad Interdisciplinaria que pretende coordinar;
  4. Estar adscrito a alguno de los Departamentos que integran la Facultad Interdisciplinaria;
  5. Tener al menos 5 años de experiencia en docencia e investigación en educación superior en cualquiera de las áreas del conocimiento afines a la Facultad Interdisciplinaria respectiva, y
  6. Ser persona de reconocido prestigio y competencia profesional.

ARTÍCULO 28.- La persona titular de la Coordinación General de la Facultad Interdisciplinaria durará en su cargo cinco años y no podrá ser reelecta en un periodo consecutivo. Será sustituida en sus ausencias temporales no mayores de noventa días por la persona titular de la Secretaría Académica correspondiente.

ARTÍCULO 29.- Compete a la persona titular de la Coordinación General de Facultad Interdisciplinaria:

  1. Armonizar los planes y programas educativos y académicos que le presenten los Colegios Departamentales y someterlos a la aprobación del órgano colegiado de la Facultad Interdisciplinaria correspondiente;
  2. Vigilar la buena marcha de los programas educativos, académicos y de investigación de los Departamentos adscritos a la Facultad correspondiente;
  3. Integrar, analizar y evaluar los informes académicos anuales que presenten los Colegios Departamentales adscritos a la Facultad correspondiente;
  4. Proponer ante el órgano o autoridad correspondiente las medidas que tiendan al mejoramiento de las actividades de docencia, investigación y vinculación que se realizan en los Departamentos adscritos a la Facultad correspondiente;
  5. Coordinar y ejecutar, en colaboración con los Departamentos y con los Consejos Regionales de Vinculación respectivos, las acciones pertinentes para facilitar el desarrollo de la investigación aplicada en el marco del Plan Institucional de Investigación Interdisciplinaria;
  6. Proponer acciones para promover la homologación del nivel académico de todos los Departamentos adscritos a la Facultad Interdisciplinaria correspondiente;
  7. Elaborar, integrar y coordinar con los Departamentos participantes, pudiendo ser de diferentes Facultades, la elaboración del Proyecto Anual de Investigación Interdisciplinaria y someterlo a la consideración del órgano colegiado de la Facultad Interdisciplinaria correspondiente y del Colegio Universitario en el orden mencionado;
  8. Promover y priorizar el desarrollo de investigación aplicada en el marco del Plan Institucional de Investigación Interdisciplinaria, en los Departamentos adscritos a la Facultad Interdisciplinaria respectiva;
  9. Proponer, al órgano colegiado de la Facultad respectiva, a las personas responsables de los proyectos de investigación interdisciplinaria, según los lineamientos establecidos en el Programa Anual de Investigación Interdisciplinaria que, a su vez, deberá estar alineado al Plan Institucional de Investigación Interdisciplinaria. Los responsables de los proyectos de investigación interdisciplinaria deberán ser académicos titulares o de la máxima categoría y nivel en el área;
  10. Coadyuvar con el Colegio de la Facultad Interdisciplinaria respectiva en la organización de los procesos electorales, en los términos establecidos en esta Ley, en el Reglamento General de Elecciones y otras disposiciones reglamentarias;
  11. Elaborar el anteproyecto de presupuesto anual de egresos de la Facultad correspondiente y someterlo a la consideración del órgano colegiado;
  12. Brindar apoyo administrativo para facilitar el desarrollo de los proyectos de investigación, así como vigilar el cumplimiento de las normas, programas y políticas generales de la Universidad;
  13. Monitorear el desarrollo de los proyectos de investigación de la Facultad a su cargo;
  14. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Colegio Universitario en el ámbito de sus responsabilidades y competencias;
  15. Administrar la infraestructura física y equipamiento asignado a la Facultad correspondiente;
  16. Presentar anualmente a la Persona Titular de Rectoría y al Colegio Universitario un informe de las actividades realizadas por la Facultad, y
  17. Ejercer las demás atribuciones que le confieran esta Ley y demás normas y disposiciones reglamentarias.

 

DOCUMENTOS

 

INFORMES ANUALES

 

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Última actualización: Junio de 2023